Los pasos ahora, por parte de Funciones Taurinas, gestora de la plaza de toros, será pedir los permisos oportunos y autorización a partir de la temporada que viene. Habrá que ver qué disposiciones adoptan las administraciones públicas, pero éstas están sujetas a legalidad. A partir de aquí, en función de cómo se actúe se obrará en consecuencia.

Javier Araúz de Robles: “Igual que los taurinos cumplimos en 2011 la ley, aunque no gustara, ahora Cataluña tiene que acatar al TC”

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EL AUDIO DE LA ENTREVISTA 

ENTREVISTA CON JAVIER ARAUZ DE ROBLES 

PADRE DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD  AL TC SOBRE LA LEY CATALANA DE LA PROHIBICIÓN DE LOS TOROS


LA SÍNTESIS EN TWITS


Javier Araúz de Robles: “Ha sido una sentencia muy importante para el sector, primero por lo que tiene de contenido“.

“La sentencia aún no la tenemos, tenemos solamente la nota de prensa“.

“Hay que estudiar la sentencia con detenimiento. Vamos a esperarla a ver en qué términos se expresa


“Pío entendió que la ley catalana era anticonstitucional y nos encargó la redacción del recurso“.


“La ley hay que cumplirla y la ley es la que regula la convivencia de todos los españoles“.


“La ley catalana preveía compensaciones a los afectados“.


“Los pasos ahora, por parte de Funciones Taurinas, será pedir los permisos oportunos“.


“La ley que prohíbe las corridas ha sido anulada, por tanto pueden darse corridas como en 2010“.



Javier Araúz de Robles: “Ahora tenemos una mera nota de prensa muy corta. Hay que estudiar el recurso“.


La ley catalana preveía compensaciones a los afectados, pero lo cierto es que la Generalitat había desestimado las reclamaciones. Unos afectados desistieron y otras siguieron. 

Durante la tramitación de estos recursos, propusimos que se paralizara la tramitación del proceso hasta que se pronunciara el TC, porque tendría trascendencia.

Así lo acordó la sala de lo contencioso y suspendió la tramitación de los procesos a la espera del TC. Obviamente, al haberse pronunciado, ha incrementado la antijuricidad de la Generalitat. Eso favorece mucho a esto.



LA ENTREVISTA COMPLETA (PJC)


Javier Araúz de Robles: “Igual que los taurinos cumplimos en 2011 la ley, ahora Cataluña tiene que acatar lo que ha dicho el TC”


El TC ha fallado anulando la decisión del Parlament de prohibir los toros. Esto, como en la parábola de Cristo, esto es un triunfo de todos, pero a la hora de apuntarse el punto, muchos son los llamados y pocos los escogidos. Aquí hay una realidad, que el grupo Popular, presentó encabezado por Pío García-Escudero, pero quien redactó el recurso fue el abogado, ganadero y taurino Javier Araúz de Robles hijo. Buenas noches.

Buenas noches.

Hay que aclarar hijo.

Exactamente, mi padre también es abogado y sigue trabajando y yo también trabajo en el despacho Araúz de Robles

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Enhorabuena y agradecido.

Muchas gracias. Ha sido una sentencia muy importante para el sector, primero por lo que tiene de contenido, en cuanto a celebrar corridas, también por lo que tiene de trascendencia en otras Comunidades Autónomas, que estaban tramitando el proyecto de ley e incluso como mensaje que se dan a corporaciones locales y Ayuntamientos que buscaban prohibir los toros en los términos municipales. La sentencia aún no la tenemos, tenemos solamente la nota de prensa, pero determina que la tauromaquia es parte común de todos los españoles y es al Estado al que compete determinar si prohíbe o no los toros y tutela el toreo como patrimonio común de todos.


El recurso se presentó hace cinco años, ¿qué es lo que le ha llevado al TC a tardar tanto?

Discrepo de tu apreciación. No es nada sencillo determinar a quién compete. Cuando una Comunidad Autónoma tiene potestades legislativas, al igual que el Estado determina quién compete la regulación de espectáculos es una decisión que tiene mucha enjundia. El retraso ha sido debido a la carga de trabajo del TC, porque no sólo revisa este tipo de recursos, sino que también tiene que analizar los muchos recursos de amparo que se interponen por parte de muchos ciudadanos e instituciones públicas. No sé si justifica el tiempo, pero sí lo explica.


Lo importante es que es un triunfo de todos. Hemos pasado de la prohibición a la censura. Una cosa es la prohibición y otra la censura. La regulación compete a la Comunidad Autónoma, pero es al Ayuntamiento al que competen los permisos. Y eso pone nervioso al mundo del toro ante la ansiedad que tenemos toros de que vuelva a haber toros en Barcelona, donde la importancia de la decisión está más en los precedentes que crea más que a detenernos puntualmente si ya va a haber toros en Barcelona.

Es un poco lo mismo. Hay que estudiar la sentencia con detenimiento. Vamos a esperarla a ver en qué términos se expresa. En principio si la ley ha sido anulada, entra en vigor la legislación que estaba en 2010, donde se estaban dando corridas de toros sin ningún problema en Cataluña, una vez que se ha anulado esa ley. No le veo problema. Otra cosa es la variante política que puede tener esto. Esto es una actividad legal, cultural y por tanto se podrá dar espectáculos en Cataluña a partir de la temporada que viene.


Regular compete a la Generalitat. Si en esa regulación hace una ley ad hoc dentro de sus competencias en la que no se pueda dar muerte al toro, como ocurre en Ecuador, ¿podría ser posible eso?

Insisto en ver la sentencia. Lo que he leído de la nota de prensa, es que el núcleo esencial de la corrida corresponde su regulación al estado, otra cosa es que se pueda adaptar el núcleo esencial a las peculiaridades de cada Comunidad. Habrá que estudiar en qué términos se pronuncia el TC. Ahora tenemos una mera nota de prensa muy corta. Hay que estudiarla.


Hay una circunstancia positiva: la anulación de la prohibición. Y este Ayuntamiento de Barcelona no es eterno, y en cualquier caso puede cambiar. La decisión la tienen los barceloneses.

Eso es importante. La ley que prohíbe las corridas ha sido anulada, por tanto pueden darse corridas de toros como se podían dar el 2010. No hay inconvenientes en dar espectáculos en la Monumental a partir de la publicación de esta sentencia. Lo demás son conjeturas que no tocan ahora. Lo importante es disfrutar de la sentencia, hay que proteger la Fiesta y esta es una declaración en positivo reconociendo que la tauromaquia es patrimonio común de todos y esto es muy importante.


¿Ha sido vital en esta sentencia el que el Congreso de los Diputados aprobara la declaración de BIC para el toreo?

Sí, creo que da la confirmación que esto es una actividad cultural de primer orden, y el Estado tiene la obligación de proteger la tauromaquia.


¿Cómo se fraguó el recurso? ¿Hay alguna anécdota? ¿Cuánto tiempo te llevó?

Eran necesarias cincuenta firmas de senadores. Pío entendió que la ley catalana era anticonstitucional y nos encargó la redacción del recurso. Ellos lo firmaron. Esa es la historia de la tramitación. Ya habíamos hecho un estudio previo para ANOET, cuando empezó la tramitación de la ley prohibitiva.


Además, por encima de la cuestión de la tauromaquia, es una conquista más allá de los toros. De recuperación del pueblo de uno de sus derechos. Se ha conseguido anular una limitación de la libertad de los ciudadanos.

Esa es la derivada. No puedo entrar ahí, pero esa es una competencia del Estado. Por supuesto se podrán dar toros en Cataluña, pero el TC emite un juicio de competencias. La derivada es esa, que una vez anulada la prohibición, vuelven los toros.


Hay dos cuestiones. Una, el TSJ de Barcelona tenía congelada la demanda de aquellos que se sintieron afectados en su negocio. Esta sentencia pone otra vez la maquinaria en marcha para que el TSJ de Cataluña pueda estimar que ha habido un daño que ha supuesto esa merma por parte de los demandantes, ¿no?

Si. La ley catalana preveía compensaciones a los afectados, pero lo cierto es que la Generalitat había desestimado las reclamaciones. Unos afectados desistieron y otras siguieron. Durante la tramitación de estos recursos, propusimos que se paralizara la tramitación del proceso hasta que se pronunciara el TC, porque tendría trascendencia. Así lo acordó la sala de lo contencioso y suspendió la tramitación de los procesos a la espera del TC. Obviamente, al haberse pronunciado, ha incrementado la antijuricidad de la Generalitat. Eso favorece mucho a esto.


Está claro que esta sentencia ha creado un precedente, sobre todo con el Balear. Pero es una sentencia. No sé si hacen falta dos para que se cree jurisprudencia y qué diferencia hay entre una y otra.

No, no es necesaria. Una vez que el TC se pronuncia no hacen falta más precedentes. Simplemente las comunidades autónomas son conscientes de ello y la competencia para prohibir, correspondiendo al estado, ni la catalana y ninguna otra tiene competencia para hacerlo.


Y la última, en el caso de que no se cumpla la ley como ha anunciado Colau, ¿esa figura es desacato, desobediencia y cómo se puede atacar?

Lo que es una ilegalidad. Los pasos ahora, por parte de Funciones Taurinas, gestora de la plaza de toros, será pedir los permisos oportunos y autorización a partir de la temporada que viene. Habrá que ver qué disposiciones adoptan las administraciones públicas, pero éstas están sujetas a legalidad. De forma que el sector taurino cumplió la norma cuando se prohibieron las corridas de toros, aunque no le gustaba, el resto de ciudadanos tendrán que cumplir la norma. Y la norma es la vigente antes de la prohibición. A partir de aquí, en función de cómo se actúe se obrará en consecuencia. La ley hay que cumplirla y la ley es la que regula la convivencia de todos los españoles en el territorio nacional y vincula a todos 



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