El toreo no aparece (de momento) en las medidas de ayudas culturales

|

1001762




Tal y como se han venido desarrollando los acontecimientos en cuanto a la tauromaquia se refiere con el nuevo gobierno de PSOE y Unidas Podemos, lo de hoy era lo esperado: el gobierno ha publicado las medidas de ayudas culturales pero no menciona a la tauromaquia en ninguno de los párrafos. 


El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto Ley que establece nuevas medidas de protección económicas y sociales y facilita también la aplicación de las previamente aprobadas adaptándolas a las especifidades del sector cultural. En el marco prioritario de lucha contra una pandemia global, en el que el Gobierno trabaja en extender una red social de protección, el Ministerio de Cultura y Deporte pretende que el sector cultural y deportivo quede también amparado y protegido, desde el compromiso gubernamental de no dejar a nadie atrás. Pero, sin embargo, en la nota de prensa no aparece el sector taurómaco reflejado. 


Entre las nuevas medidas generales, y de aplicación por tanto también en el sector cultural, se adoptan medidas dirigidas a facilitar la concesión de ayudas por parte de las administraciones públicas, así como ampliar los plazos de ejecución de las ya concedidas y su justificación, que contribuirá a dotar de liquidez al sector.


También cabe destacar la ampliación de la moratoria hipotecaria a los inmuebles afectos a la actividad económica y profesional, el aplazamiento del pago de cuotas de la Seguridad Social, la posibilidad de modificar y suspender el pago de facturas de electricidad y gas natural por autónomos y PYMES o el establecimiento de un subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal.


Medidas específicas para el sector cultural en el Consejo de Ministros de hoy


Respecto a las medidas dirigidas a atender a las especifidades del sector cultural adoptadas hoy en el Consejo de Ministros, afectan tanto a los ERTE como a la prestación extraordinaria por cese de actividad para los autónomos.


En ese sentido, se aclara que el compromiso del mantenimiento del empleo establecido en la disposición adicional sexta del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, se valorará en atención a las características específicas de los distintos sectores y la normativa laboral aplicable, teniendo en cuenta, en particular, las especificidades de aquellas empresas que presentan una alta variabilidad o estacionalidad del empleo o una relación directa con eventos o espectáculos concretos, como sucede, entre otros, en el ámbito de las artes escénicas, las musicales, la creación literaria, la cinematografía y el audiovisual. En este sentido no se menciona en ningún lugar del comunicado al toreo. 


De esta forma, en el caso de los contratos temporales el compromiso de mantener una contratación posterior de seis meses no se entenderá incumplido cuando el contrato se extinga porque haya finalizado el tiempo convenido o la realización de la obra o servicio para el que se contrata, e incluso, cuando no pueda realizarse de forma inmediata la actividad objeto de contratación. Casuísticas todas que, a modo de ejemplo, suelen suceder tanto en rodajes cinematográficos como en montajes escénicos o musicales.


Por lo que se refiere a la prestación extraordinaria por cese de actividad para los autónomos, en el ámbito de las actividades culturales se amplía el período a tener en cuenta para acreditar la reducción de los ingresos de seis meses a un año. Con ello se pretende dar cobertura a las profesiones culturales que suelen tener un carácter discontinuo y, en muchas ocasiones, estacionales.

Sin comentarios

Escribe tu comentario




No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.